Esta normativa busca reducir el uso de dispositivos robados y mejorar la seguridad de los usuarios.
El pasado 13 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.729 que introduce cambios clave en la Ley General de Telecomunicaciones en materia de información personal.
¿Qué temas incorpora?
- Registro obligatorio de usuarios: Las empresas de telefonía y datos deberán mantener un registro actualizado de sus clientes, incluyendo nombre, domicilio, cédula de identidad/pasaporte e identificación de los dispositivos móviles (IMEI, MSISDN e IMSI). Estos datos se almacenarán por 5 años, con estrictos protocolos de seguridad y cuidado de los datos, en cumplimiento de la Ley de Protección de la Vida Privada.
- Bloqueo de dispositivos robados: Se exigirá a las concesionarias financiar un sistema efectivo para bloquear teléfonos robados, hurtados o extraviados, regulado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
- Sanciones por adulterar IMEI: Modificar o alterar el IMEI de un equipo móvil (código de identificación única de un celular) será delito, con penas de cárcel (presidio menor en su grado mínimo) y multas entre 11 y 15 UTM.
Esta normativa busca reducir el uso de dispositivos robados y mejorar la seguridad de los usuarios. Las empresas tienen ahora un rol clave en la implementación de estas medidas, siempre al cuidado de la información personal de sus clientes y usuarios.
Para obtener más información sobre los cambios introducidos a la Ley General de Telecomunicaciones pueden contactar a:
Eugenio Gormáz | Socio | egormaz@az.cl
Ivonne Bueno | Directora az Tech | ibueno@az.cl
Yoab Bitran | Director Grupo Compliance | ybitran@az.cl
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