Tanto en materia social como económica, se espera que el brote del Covid-19 genere consecuencias relevantes para los contribuyentes de nuestro país, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (PYME). Por lo mismo, con fecha de hoy el Ministro de Hacienda Ignacio Briones anunció un paquete de medidas tributarias, a fin de inyectar fondos y asegurar mayor liquidez en las empresas. Dichas medidas consisten en lo siguiente:
- Suspensión de los PPM (pagos provisionales mensuales del artículo 84 de la Ley de Impuesto a la Renta) de empresas por los próximos 3 meses. Es importante recordar que la reforma introducida por la Ley N° 21.210 ya había incluido algunas modificaciones a la forma de cálculo de la tasa de PPM en caso de cambios relevantes en los ingresos de empresas y PYMES.
- Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000 ($10.000.000.000 aproximadamente), posibilitando su pago en cuotas mensuales a tasa de interés real 0%. Aún no es claro si la medida rige a partir del pago que se debe realizar hasta el 20-03-2020 o a partir de abril 2020.
- Anticipación de la devolución de impuesto a la renta (AT2020) de PYMES para el mes de abril 2020, en vez de mayo 2020.
- Postergación hasta julio 2020 del pago de impuesto a la renta para PYMES de acuerdo a lo que declaren en la operación renta de abril próximo.
- Postergación de pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a UF 350.000 ($10.000.000.000 aproximadamente) y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133.000.000. Se permitiría el pago de esta cuota incluida en las 3 cuotas trimestrales restantes, o en cualquier momento del año, a una tasa de interés real 0%.
- Reducción transitoria del impuesto timbre y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses.
- Facilidades y flexibilidad por parte de la Tesorería General de la República para celebrar convenios de pago de deuda tributarias, principalmente en lo que respecta a sin intereses y multas, junto a la suspensión temporal de acciones de cobranza judicial y de remates por deudas tributarias.
- Reconocimiento para la empresa como gasto tributariamente aceptado de todos aquellos desembolsos asociados a enfrentar la contingencia sanitaria.
- Ampliación de plazo para presentar declaraciones juradas cuyas fechas límites estaban por vencer.
Nuestro Grupo Tributario se encuentra revisando de manera permanente los distintos pronunciamientos del Servicio de Impuestos Internos, a fin de estar actualizados sobre la manera en que dichas medidas serán aplicadas.
Para mayor información, pueden contactar a nuestro equipo Tributario:
David Ancelovici
dancelovici@az.local
Manuel Valdés
mvaldes@az.local