Nuevas medidas tributarias adoptadas por el gobierno frente al impacto de COVID – 19

Mar 19, 2020

Tanto en materia social como económica, se espera que el brote del Covid-19 genere consecuencias relevantes para los contribuyentes de nuestro país, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (PYME). Por lo mismo, con fecha de hoy el Ministro de Hacienda Ignacio Briones anunció un paquete de medidas tributarias, a fin de inyectar fondos y asegurar mayor liquidez en las empresas. Dichas medidas consisten en lo siguiente:

  1. Suspensión de los PPM (pagos provisionales mensuales del artículo 84 de la Ley de Impuesto a la Renta) de empresas por los próximos 3 meses. Es importante recordar que la reforma introducida por la Ley N° 21.210 ya había incluido algunas modificaciones a la forma de cálculo de la tasa de PPM en caso de cambios relevantes en los ingresos de empresas y PYMES.
  2. Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000 ($10.000.000.000 aproximadamente), posibilitando su pago en cuotas mensuales a tasa de interés real 0%. Aún no es claro si la medida rige a partir del pago que se debe realizar hasta el 20-03-2020 o a partir de abril 2020.
  3. Anticipación de la devolución de impuesto a la renta (AT2020) de PYMES para el mes de abril 2020, en vez de mayo 2020.
  4. Postergación hasta julio 2020 del pago de impuesto a la renta para PYMES de acuerdo a lo que declaren en la operación renta de abril próximo.
  5. Postergación de pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a UF 350.000 ($10.000.000.000 aproximadamente) y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133.000.000. Se permitiría el pago de esta cuota incluida en las 3 cuotas trimestrales restantes, o en cualquier momento del año, a una tasa de interés real 0%.
  6. Reducción transitoria del impuesto timbre y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses.
  7. Facilidades y flexibilidad por parte de la Tesorería General de la República para celebrar convenios de pago de deuda tributarias, principalmente en lo que respecta a sin intereses y multas, junto a la suspensión temporal de acciones de cobranza judicial y de remates por deudas tributarias.
  8. Reconocimiento para la empresa como gasto tributariamente aceptado de todos aquellos desembolsos asociados a enfrentar la contingencia sanitaria.
  9. Ampliación de plazo para presentar declaraciones juradas cuyas fechas límites estaban por vencer.

Nuestro Grupo Tributario se encuentra revisando de manera permanente los distintos pronunciamientos del Servicio de Impuestos Internos, a fin de estar actualizados sobre la manera en que dichas medidas serán aplicadas.


Para mayor información, pueden contactar a nuestro equipo Tributario:

David Ancelovici
dancelovici@az.local


Manuel Valdés
mvaldes@az.local

Te podría interesar

Ejecutivo publicó nueva Ley de Datos Personales en Chile

Ejecutivo publicó nueva Ley de Datos Personales en Chile

La nueva regulación tendrá un plazo de 24 meses para su entrada en vigencia. Con fecha 13 de diciembre de 2024, el Ejecutivo publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.719, que modifica, entre otras, la Ley N°19.628, y que regula la protección y el tratamiento de los...