Con fecha 03 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°501 del Ministerio de Salud que modificó una de las reglas de cómputo de aforo contenidas en el Plan Paso a Paso del Gobierno para mitigar los efectos derivados de la pandemia.
El cambio consiste en que, para la atención presencial de público en espacios cerrados, se considerará ahora en el cálculo del aforo permitido a quienes trabajen en el lugar. Esto impactará en el número de clientes que los comercios podrán atender de forma simultánea en su interior, pues ahora los trabajadores serán considerados en el cálculo de máximo de personas permitidas.
Este cambio, que ya comenzó a regir, aplica para las etapas de Cuarentena (1), Transición (2), Preparación (3) y Apertura Inicial (4).
A continuación, se expone el texto del cambio normativo:
“De la atención presencial de público en espacios cerrados. Se prohíbe la atención presencial de público en espacios cerrados excepto de aquellos que estén permitidos en el Instructivo para permisos de desplazamiento del que trata el oficio ordinario Nº 9.285, de 26 de abril de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, o aquel que lo reemplace”.
“Estos espacios tendrán un aforo máximo de 1 persona por cada 8 metros cuadrados del total de la superficie útil destinada a la atención de público. En caso que el espacio sea menor a 8 metros cuadrados, se podrá atender como máximo una persona. Para el cálculo del aforo no se considerará las personas que trabajan en el lugar. Lo destacado se reemplaza por la siguiente frase “Para el cálculo del aforo se considerarán las personas que trabajan en el lugar” y luego se agrega “Con todo, siempre podrá haber, a lo menos, un cliente”.
Para cualquier consulta adicional sobre la interpretación de esta y otras normas sanitarias, consultar con los siguientes abogados de nuestra firma:
Jorge Arredondo | Socio | Grupo Laboral.
Dafne Guerra | Asociada Senior | Departamento de Derecho Público y Mercados Regulados.
Francisco Alarcón | Asociado | Departamento de Derecho Público y Mercados Regulados.