AZ Alert | Medidas de flexibilización financieras y bancarias para afrontar crisis covid-19

Mar 26, 2020

Diversas entidades financieras adoptaron una serie de medidas con el objetivo de inyectar liquidez a la economía a raíz de la crisis sanitaria que enfrenta el país producto del Covid-19.

Por lo anterior, el grupo corporativo de AZ realizó un informe con más detalles sobre el tema expuesto:

1.- Medidas Financieras del Banco Central:

El Banco Central (“BCCh”) el pasado lunes tomó una serie de medidas para apoyar el flujo de crédito y la transmisión de la política monetaria. Dentro de las referidas medidas se encuentran:

• Reducción de la Tasa de Interés de Política Monetaria (“TPM”): Se reduce la TPM en 75 puntos base, hasta un 1%.
• Facilidad de Financiamiento Condicional al Incremento de Colocaciones Bancarias: Otorgar por 6 meses y bajo ciertas condiciones una Facilidad de Financiamiento Condicional al Incremento de Colocaciones bancarias (“FCIC”), con plazos de pago de hasta 4 años, con un monto inicial de hasta un 3% de la cartera comercial y de consumo de los bancos al 29 de febrero del presente año, créditos adicionales a los que se les aplicará una tasa de interés igual a la TPM vigente al momento de acceder a ellos.
• Bonos corporativos: Las operaciones de liquidez en pesos podrán utilizar bonos corporativos como colateral o garantía.
• Compra de bonos: El Banco Central comprará bonos bancarios en circulación por hasta USD 4 mil millones, en su equivalente en unidades de fomento.
• Extensión plazo venta de divisas: Se extiende plazo de venta de divisas hasta el 9 de enero del año 2021 de por hasta USD 20.000.000.000.-

• Se autorizará hasta septiembre de 2020 que los bancos y las cooperativas de ahorro y crédito puedan constituir encaje por obligaciones en moneda extranjera con dólares de los Estados Unidos, yenes japoneses, euros y pesos chilenos.
• Flexibilización de requerimientos de liquidez para las empresas bancarias: se modificará el Compendio de Normas Financieras del BCCh en términos de señalar expresamente que en situaciones de emergencia nacional u otros casos excepcionales graves, el Consejo del Banco Central de Chile a su criterio exclusivo, podrá determinar la flexibilización o suspensión de la aplicación de los límites establecidos.

2.- Medida Comisión para el Mercado Financiero:

Por su parte, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) adoptó diversas medidas a la fecha:

• Medidas de monitoreo permanente del mercado financiero: la CMF reforzó sus funciones de monitoreo respecto de los mercados y entidades que fiscaliza (valores, seguros y banca e instituciones financieras), requiriéndoles informar e implementar sus planes de continuidad operacional, como también evaluar posibles impactos financieros.
• NGC N° 435: regula mecanismos de participación y votación a distancia para juntas de accionistas, de tenedores de bonos y asambleas de aportantes de fondos.
• Oficio Circular N°1.141: imparte instrucciones sobre el uso de medios tecnológicos y permite presentar a la CMF razones de fuerza mayor que impidan la realización de juntas o asambleas.
• Facilitar el flujo de crédito hacia personas y empresas:

  • Aplica excepción regulatoria para otorgar la posibilidad de postergar hasta 3 cuotas en el pago de los créditos hipotecarios a respecto solo de deudores que se encontraban al día en sus obligaciones el momento de decretarse el estado de emergencia.
  • Facilidades para que los bancos flexibilicen los plazos de los créditos a los deudores pymes hasta 6 meses, sin que ello sea considerado una renegociación.
  • Posibilidad de utilizar excedentes de garantía hipotecaria para garantizar créditos a pymes.
  • Autorización de manera excepcional de una extensión de 18 meses en el plazo que tienen los bancos para la enajenación de Bienes Recibidos en Pago.
  • Modificación al tratamiento del monto en efectivo que los bancos deben constituir en garantía para el margen de variación de operaciones de derivados compensadas bilateralmente, reduciendo el cargo de capital asociado a los contratos de derivados.
  • El Consejo de la CMF está llevando a cabo una revisión del proceso de implementación de los estándares de capital para la banca contemplados en Basilea III, para efectos de poder flexibilizar la gradualidad de ciertos componentes y plazos de implementación.
  • Extensión de plazo para presentación de estados financieros anuales: Se amplió el plazo en 15 días adicionales corridos para la presentación de la información financiera anual auditada de 2019 que las entidades supervisadas están obligadas a entregar al regulador.

Para más información contacta a:

Cristián Riquelme
Socio
nramos@az.local
Natalia Ramos
Asociada
nramos@az.local

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