Indicaciones al proyecto de ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias

Abr 8, 2024

Nuestro grupo Tax dio a conocer los 10 cambios más relevantes que tendría el proyecto de Reforma Tributaria 2024.

El pasado 29 de marzo, fueron ingresadas por parte del Ministerio de Hacienda las indicaciones al proyecto de ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal.

En relación con esto, se propusieron los siguientes cambios:

Nueva forma de notificaciones

Se propone que entre en vigencia en mayo de 2025. Además, de modificar la forma de notificación de las resoluciones que modifiquen los avalúos fiscales o contribuciones de bienes raíces se realice por correo electrónico.

Partes relacionadas

Se excluyen de las operaciones entre relacionados, las de los hermanos como regla general.

Donaciones revocables

Se reconoce expresamente la posibilidad de un contribuyente de solicitar al Fisco la devolución del impuesto pagado en virtud de una donación revocada, en un plazo de 3 años. También se establece que el impuesto soportado por una donación revocable será un crédito contra el impuesto a la herencia que corresponde aplicar al bien donado.

Término de giro

Se regula el procedimiento para dar de baja la solicitud de un contribuyente de terminar su giro, cuando este no hubiere presentado todos los antecedentes necesarios para dar pie a la solicitud. En este caso, el SII deberá otorgar un plazo de 5 día para que sean portados, en caso de no hacerlo, el SII emitirá una resolución dando de baja la solicitud y señalando de forma expresa los documentos que no fueron aportados.

Medidas contra la informalidad

Se agregan dos nuevas medidas contra la informalidad. Por un lado, se modifica el delito tributario que permite la incautación de bienes trasladados sin cumplir con las obligaciones tributarias y, por otro, se amplia la facultad del SII para establecer la obligación de implementar procedimientos de trazabilidad a cualquier tipo de bien.

Procedimiento de devolución por el Artículo 27 Nis de la LIVS

Se establece que la obligación de restituir anualmente al menos la décima parte del IVA devuelto por aplicación del artículo 27 bis se contará desde el ejercicio comercial en que el contribuyente empiece a realizar operaciones gravadas con IVA, estableciéndose un plazo máximo de restitución de 15 años contados desde el ejercicio siguiente a la solicitud de devolución.

Procedimiento de reclamo de avalúo de bienes raíces

Se reconoce expresamente que el plazo para reclamar respecto de procesos generales de avalúos es de 180 días contados desde la publicación del avalúo. Y, se establece que el procedimiento de reclamo por modificaciones individuales no quedará sujetas a las causales de los procedimientos generales, sino que mantienen su situación actual.

norma de tasación y reorganizaciones

Se realizan las siguientes indicaciones:

  • Se elimina la enumeración expresa de métodos de valorización.
  • Los contribuyentes podrán acreditar con todos los antecedentes que la operación se realizó a valores de mercado.
  • Se excluye, respecto a las reorganizaciones empresariales, a aquellas que impliquen el traslado de la propiedad de acciones o derechos a paraísos fiscales o que estén liberados de llevar contabilidad.

Control de rentas pasivas en el exterior

Respecto al artículo 41 G se propone que siempre procederá reconocer sobre base devengada las utilidades generadas en una sociedad de aquellas que la norma considera como pasivas, cuando la entidad se encuentre domiciliada o sea residente en algún país calificado como paraíso fiscal.

Paraísos tributarios

Se propone modificar la norma de precios de transferencia, estableciendo que los ajustes determinados dentro de un proceso de Acuerdo Anticipado de Precios no quedarán sujetos a la tasa especial de gastos rechazados (art. 21), de forma de no sancionar a aquellos contribuyentes que voluntariamente suscriben acuerdos con la administración tributaria.

Finalmente, destacamos que el proyecto de ley representa un paso significativo hacia la reducción de la brecha de cumplimiento y la obtención de recursos. De este modo, el Ejecutivo busca abordar los desafíos que repercutirán directamente en los contribuyentes y en la planificación tributaria [Ver nota sobre siete ejes del proyecto aquí].

Para obtener más información sobre estos temas pueden contactar a nuestro equipo Tributario:

Rodrigo Albagli | Socio | ralbagli@az.cl

Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl

David Ancelovici | Director Grupo Tributario | dancelovici@az.cl

Pablo Trucco | Asociado Senior | ptrucco@az.cl

Elisabet Pinto | Asociada | epinto@az.cl

Valentina Herrera | Asociada | vherrera@az.cl

 


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