Nuevos sujetos obligados ante la Unidad de Análisis Financiero

May 10, 2023

Se incorporan modificaciones a la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y establece el delito de lavado y blanqueo de activos.

Con fecha 09 de mayo de 2023, se promulgó la denominada “Ley Antinarco”, iniciativa que tiene por objetivo:

  • Mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado.
  • Regular el destino de los bienes incautados en esos delitos.
  • Fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

Si bien las modificaciones están orientadas a mejorar las medidas requeridas para desarticular las organizaciones criminales vinculadas, principalmente, al tráfico de drogas, la ley incorpora modificaciones en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y establece el delito de lavado y blanqueo de activos.

Las modificaciones están orientadas a incorporar nuevos sujetos obligados a cumplir los deberes que la UAF ha establecido en orden a prevenir y evitar la utilización del sistema financiero en la comisión del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, sumando así más de 40 instituciones obligadas.

Los nuevos sujetos obligados que incorpora la ley son:

  • Las automotoras y comercializadoras de vehículos nuevos o usados.
  • Empresas de arriendo de vehículos.
  • Personas que se dediquen a la fabricación o venta de armas.
  • Clubes de tiro, caza y pesca.
  • Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la compraventa de equinos de raza pura.
  • Los comerciantes de metales preciosos.
  • Los comerciantes de joyas y piedras preciosas.

 

Aunque la ley no hace referencia a la forma en que estas nuevas entidades deberán dar cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley No. 19.913, la UAF ha comunicado que se encuentra trabajando en las adecuaciones normativas correspondientes, ya sea a través de circulares especialmente dictadas a los nuevos sujetos obligados o con la aplicación de las normas actualmente vigentes.

Sin perjuicio de ello, las nuevas entidades obligadas deberán reportar todo acto, operación o transacción considerada como sospechosa de conformidad a la Ley No. 19.913, así como también aquellas transacciones u operaciones realizadas en moneda en efectivo o instrumentos negociables al portador, desde y hacia el país, por un monto igual o superior a US$ 10.000 o su equivalente en otras monedas.

Asimismo, es posible anticipar que tales obligaciones implicarán:

  • Inscribirse como sujetos obligados ante la UAF.
  • Implementar un Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
  • Designar un Oficial de Cumplimiento.
  • Llevar ciertos registros.
  • Realizar capacitaciones a sus distintos trabajadores sobre los deberes que se han de cumplir.

 

Para obtener más información sobre estos temas pueden contactar a nuestro grupo Compliance | Tech.

Francisca Franzani | Directora Grupo Compliance – Tech | ffranzani@az.cl

Jaime Viveros | Asociado | jviveros@az.cl 

Francisca Macchiavello | Asociada | fmacchiavello@az.cl

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