¿Qué derechos tienen las marcas y patentes creadas con IA? Expertos abordan los desafíos de la regulación local

Dic 6, 2024

Cuatro expertos en Propiedad Intelectual delinean los riesgos que surgen en la arena legal frente a este tipo de innovaciones.

¿Cuándo una creación de la Inteligencia Artificial (IA) pasa a tener protección legal? ¿Influye que sea una creación humana o artificial? Son algunas de las interrogantes que se hacen en el mundo de la publicidad y las marcas, así como en el ámbito de las patentes, frente a la creciente incorporación de la IA generativa en disciplinas relacionadas al diseño y la invención. De hecho, muchas de estas organizaciones ya están trabajando en protocolos de uso de IA y revisando contratos para asegurar la propiedad intelectual de sus creaciones.

En Chile, hoy no hay nada en la legislación que exija que las marcas deban ser creadas por inteligencia humana. “En primer lugar, porque la Ley de Propiedad Industrial fue dictada y ha sido modificada en tiempos donde el uso de IA todavía parecía lejano en contextos cotidianos. Y, en segundo lugar, porque el registro de una marca se enfoca en el resultado (símbolo, diseño y sonido) y no en el proceso creativo”, dice el director del grupo de Protección de Datos de Carey, José Ignacio Mercado.

Las principales dudas son respecto a la posibilidad de reconocer a la IA como inventor y también respecto a quién es el verdadero dueño de un invento generado por IA, si es quien creó el sistema de IA o quien lo usó para generar un resultado.

Las dudas

Antonia Nudman, asociada senior del grupo IP, Tech & Data de az, agrega que en dicho caso (Dabus) pese al consenso jurisprudencial de anteponer como requisito la calidad de persona natural al inventor de una patente, “la utilización de sistemas de IA es una realidad en la mayoría de invenciones patentables, y esto pone sobre la mesa otra discusión: ¿cuál es el grado de intervención humana necesaria para que se le pueda otorgar protección industrial a la invención?”

Para ello, es clave fomentar la coherencia y equilibrio entre la realidad tecnológica versus preservar la importancia y la contribución del ingenio humano en el proceso de invención”, añade.

Fuente: Diario Financiero, 06 de diciembre de 2024.

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