Se aprueba reglamento que establece estándares de eficiencia energética vehicular

Sep 26, 2024

El decreto tiene por objetivo regular el procedimiento que determinará las metas de eficiencia energética para vehículos nuevos motorizados.

El pasado 23 de agosto se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°14 [Ver aquí] que aprueba el reglamento para la fijación de estándares de eficiencia energética vehicular en Chile.

Es importante mencionar que el reglamento es parte de las normas de aplicación de la Ley N°21.305 sobre Eficiencia Energética.

Junto a lo anterior, la normativa regula varias materias contempladas en el Primer Plan Nacional de Eficiencia Energética, entre otros, consumidores de energía, calificación energética de viviendas y de eficiencia de vehículos motorizados.

Hay que aclarar que esta ley también reguló aspectos generales de vehículos eléctricos e híbridos. Así, este decreto tiene por objetivo regular el procedimiento que establecerá las metas de eficiencia energética para vehículos nuevos motorizados, tales como vehículos livianos, medianos y pesados, homologados o certificados, según corresponda, comercializados en el país.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes del decreto.

Procedimiento y Fiscalización

El decreto establece que el Ministerio de Energía deberá elaborar un informe técnico preliminar para el tipo de vehículo motorizado según corresponda.

Posteriormente, se abrirá un proceso de consulta pública, de al menos 60 días, invitando a ciudadanos, empresas y expertos a participar a través del sitio web del Ministerio de Energía.

Una vez finalizado el periodo de consulta, el Ministerio revisará los aportes y elaborará el informe técnico definitivo, el cual será remitido al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático.

Tras la revisión de las observaciones, el Ministerio publicará un documento resumen con el análisis, junto con el informe técnico definitivo, en su sitio web.

Los importadores y representantes de marcas deberán asegurarse de que los vehículos cumplan con los estándares establecidos, presentando los certificados de homologación que avalen el rendimiento energético de cada modelo.

Además, para garantizar el cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones verificará anualmente el rendimiento de los vehículos, mientras que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) impondrá sanciones en caso de incumplimiento, según se indica a continuación.

Procedimiento Sancionatorio y Multas

El reglamento prevé un sistema de multas para los importadores o representantes que no cumplan con los estándares de eficiencia energética.

Estas pueden alcanzar hasta 0,2 Unidades de Fomento (UF) por cada décima de kilómetro por litro de gasolina equivalente que esté por debajo del estándar establecido.

El valor de la sanción se calculará multiplicando este monto por el número total de vehículos certificados en el período fiscalizado, lo que garantiza que las sanciones sean proporcionales al incumplimiento.

Es importante destacar que, en lugar de aplicarse inmediatamente, la multa no será exigible hasta el año siguiente al incumplimiento.

Si en ese período el infractor logra superar el estándar definido, podrá descontar el monto equivalente a cada décima de kilómetro por litro de gasolina que exceda el estándar, lo que reducirá la sanción o incluso podría eliminarla.

Esta medida busca incentivar el cumplimiento y la mejora continua en el rendimiento energético de los vehículos.

El decreto entró en vigencia este 23 de septiembre, otorgando un período de adaptación para los principales involucrados.

Aunque su promulgación se ha retrasado (el plazo original venció en agosto de 2023), el reglamento ha sido esperado con gran expectativa por los importadores de vehículos motorizados, tanto convencionales como eléctricos e híbridos, ya que representará un nuevo factor a considerar en la importación y fijación de precios de vehículos nuevos.

Finamente, cabe destacar que la industria automotriz será la única sujeta a multas por no cumplir con los objetivos específicos de eficiencia energética.

Para conversar sobre las implicancias de este nuevo decreto, pueden contactar a nuestro equipo de Energía e Infraestructura:

Federico Rodríguez | Director | frodriguez@az.cl

Simonne Rojas | Asociada | srojas@az.cl


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