El reglamento definirá normas de administración interna y que aplicará a todos los condominios regidos por la ley.
El jueves 9 de enero fue finalmente publicado en el Diario Oficial el reglamento de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 21.442).
Esta nueva normativa aplicará para todos los condominios regidos por la Ley N°21.442 y su objetivo es establecer las normas de administración interna, de acuerdo a lo estipulado en la ley y a las características propias del condominio.
Dentro de los puntos más importantes, consideramos los siguientes:
- Registro de Copropietarios y Normas de Convivencia:
- Se regula la creación y actualización del Registro de Copropietarios, obligatorio para todos los condominios, donde se individualizan copropietarios, arrendatarios y demás ocupantes.
- Se incorporan normas de convivencia para proteger la calidad de vida de los ocupantes permanentes, particularmente frente a actividades como hospedaje temporal y el uso de bienes comunes.
- El reglamento prohíbe cualquier acto que perturbe el ejercicio de los derechos de los demás ocupantes del condominio y permite la implementación de sanciones por infracciones.
- Administración del Condominio:
- Se especifica la organización y funcionamiento del Comité de Administración y del Administrador, quienes deben rendir cuentas de manera mensual y detallada.
- Se establece la posibilidad de realizar asambleas telemáticas o mixtas, asegurando mecanismos para la participación efectiva y la verificación de quórum.
- Se regula la posibilidad de celebrar convenios de pago entre el administrador y los copropietarios morosos, bajo criterios definidos por el Comité de Administración.
- Seguridad y Planes de Emergencia:
- Es obligatoria la elaboración y actualización anual de un plan de emergencia y evacuación, considerando especialmente a personas con discapacidad, movilidad reducida y necesidades especiales.
- El primer plan de emergencia debe ser entregado a Carabineros y al Cuerpo de Bomberos correspondiente.
- Obligaciones Económicas:
- Los gastos comunes ordinarios, extraordinarios, el fondo común de reserva y otros pagos económicos son regulados de manera específica.
- Se establece la obligatoriedad de contratar un seguro colectivo contra incendios, con la posibilidad de incluir coberturas complementarias como sismos.
- Bienes Comunes y Accesibilidad:
- Se regula el uso y goce exclusivo de bienes comunes, que debe ser aprobado por la asamblea de copropietarios.
- Los bienes comunes diferenciados, como accesos peatonales o vehiculares, deben cumplir con estándares mínimos de accesibilidad y seguridad.
- Copropiedad en Viviendas Sociales:
- Se establecen normas específicas para condominios de viviendas sociales, incluyendo la designación de un administrador provisional en casos de falta de administración.
Este reglamento representa un avance significativo en la regulación de la administración, convivencia y seguridad en los condominios del país.
Se recomienda a los administradores y copropietarios familiarizarse con estas disposiciones para asegurar su cumplimiento.
Para obtener más información sobre la aplicación del reglamento y la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, pueden contactar a nuestro equipo Corporativo y Negocios:
Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl
Stephanie Cruz | Directora Legal & Business | scruz@az.cl
Javiera Lira | Asociada Senior | jlira@az.cl
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