Tras una extensa espera, el Ejecutivo prohíbe el derecho a huelga en 61 empresas consideradas como “estratégicas”

Sep 26, 2023

Se publicó el listado de las compañías que lograron ser categorizadas como “empresas estratégicas”, donde sus trabajadores no pueden realizar paralizaciones de funciones.

La prohibición, contemplada en el artículo 362 del Código del Trabajo, establece que no podrán declarar la huelga los trabajadores que presten servicios en corporaciones o empresas, cualquiera sea su naturaleza, finalidad o función, “que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional”.

En este listado, que es el primero elaborado por la administración de Gabriel Boric, de las 106 firmas que solicitaron a los ministerios de Economía, Trabajo y Defensa entrar en la categoría, solo 61 compañías lograron obtener la prohibición de paralización. 

Un listado significativamente menor a los anteriores. A modo de ejemplo, en 2017 se calificó a 100 empresas como estratégicas y en 2021 a 76.

Las reacciones

Al interior del mundo laboral, hubo varios expertos que criticaron el listado.

Como primer punto, para Jorge Arredondo, socio del grupo laboral de Albagli Zaliasnik, es cuestionable la tardanza del Gobierno en la publicación del listado, el cual debió darse a conocer en julio, ya que así está establecido en la legislación.

Desde la perspectiva de Arredondo, además, la resolución demuestra que “evidentemente existe una posición clara respecto del Ejecutivo en cuanto a reducir al máximo las empresas que se encuentran en la hipótesis del artículo 362, y recurrir a cualquier tipo de argumentación para hacer el listado lo más restrictivo posible”.

Fuente: Diario Financiero, 26 de septiembre de 2023.

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